La vicepresidenta de la Nación, Cristina Fernández de Kirchner seguirá procesada por la causa de “Los Cuadernos de la Corrupción”, así lo rubricó ayer en su sentencia la Cámara Federal de Casación nacional.
El fallo mayoritario contó con la aprobación de los jueces Daniel Petrone y Diego Barroetaveña, mientras que la camarista Ana María Figueroa se manifestó en disidencia.
La denuncia
En 2019 el juez federal Claudio Bonadio había fallado atribuyéndole a la ex mandataria nacional la imputación por el delito de jefa de una asociación ilícita y también el de coautora de 27 casos de cohecho pasivo (coimas).
La acusación por estos hechos comenzó de la mano del chofer Oscar Centeno, quien trabajaba para Roberto Baratta, asistente de Julio de Vido en el ministerio de Planificación Federal durante la presidencia de Cristina (2007-2015).
El hecho salió a la luz en 2018, durante la presidencia de Mauricio Macri, cuando se ordenó la detención de Baratta y también de varios empresarios del rubro de la obra pública y de la energía. En 2019 la causa fue elevada a juicio pero hasta el momento ese debate oral no tiene fecha de inicio.
El expediente tomó el sobrenombre de “la Causa de los Cuadernos” porque Centeno, el chofer de Baratta, habría llevado anotando todos los movimientos de dinero efectuados por su jefe. Según la hipótesis fiscal, esos fondos provenían de coimas y de la corrupción en la ejecución de obras públicas.
Esas anotaciones plasmadas en un cuaderno podrían ser la prueba clave del caso.
Apelación y rechazo
La defensa de la ex estadista había impugnado en más de una ocasión la resolución de Bonadio (falleció en 2020) que ordenaba el procesamiento y el embargo de bienes por $ 1.500 millones. Ayer el máximo tribunal federal rubricó la decisión del ex juez.
Según informó el diario La Nación, los magistrados Petrone y Barroetaveña en su resolución valoraron y validaron las declaraciones de los coimputados en la causa y razonaron que no correspondía aceptar el planteo de Cristina Fernández contra el procesamiento porque no se trata de una sentencia definitiva sino de una imputación provisoria.
Con otra perspectiva, la jueza Figueroa argumentó su disidencia señalando que si bien no se trata de una sentencia definitiva, correspondía revisar el procesamiento porque en este caso era comparable con una decisión final. Votó por que se estudiara el planteo recursivo.